El Distrito de Tetuán (Madrid) convoca el VIII Certamen Literario “Leopoldo de Luis” de poesía y relato corto. La convocatoria de este Certamen tiene una doble finalidad, la de ayudar en su carrera a poetas y escritores, especialmente a los noveles, y la intención de ofrecer a los diversos sectores de población que conforman el Distrito una rica programación de actividades culturales. Un certamen de literatura dedicado a la poesía y la narración constituye un motivo de alegría para el mundo literario en particular y para el ámbito cultural en general. Con el desarrollo de este Certamen, se intenta llevar a cabo una apuesta decidida por la expresión y creación artística, que pretende fomentar el desarrollo cultural, en concreto la expresión literaria-poética de toda la población.
Las modalidades objeto de la convocatoria son: poesía y relato corto. El órgano instructor es el Gerente del Distrito.
BASES GENERALES
1. Se convoca el Certamen Literario “Leopoldo de Luis”, en las siguientes modalidades: poesía y relato corto.
2. Podrán presentarse al Certamen, en cualquiera de las modalidades, todas las personas mayores de 16 años, residentes en España.
3. Cada modalidad (poesía y relato corto) tendrá dos premios: uno para todos los participantes y otro específico para los autores residentes en el Distrito de Tetuán mayores de 18 años. También existirá un único premio para cualquiera de las modalidades (poesía y relato corto) para mayores de 16 años (cumplidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de las obras) y menores de 18 años, residentes en el Distrito.
Los residentes en el distrito de Tetuán (Madrid) deberán indicarlo en la plica.
4. El plazo de presentación de las obras comenzará al día siguiente de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y finalizará el día 20 de abril de 2016 inclusive.
5. Las obras se presentarán en castellano y deberán ser originales e inéditas.
6. Las características técnicas de la obra a presentar en cada una de las dos modalidades se establecen de la siguiente forma:
a. Poesía
i. Máximo 200 versos.
ii. Mínimo de 10 poemas.
iii. Metro libre y rima o verso libre. iv. Tema libre.
b. Relato Corto
i. Entre 5 y 15 páginas.
ii. Tema libre.
iii. Cuerpo de letra: 12 puntos. iv. Interlineado: 1,5 o 18 puntos.
7. Los trabajos deberán entregarse por triplicado, bajo seudónimo, indicando el título de la obra y la modalidad a la que concursa en el encabezado o portada. Además se incluirá un sobre cerrado (plica), indicando en el exterior el seudónimo, título y modalidad a la que concursa, además de “Residente en el Distrito de Tetuán”, si procede. En su interior se facilitarán los siguientes datos:
a. Nombre y apellidos.
b. Dirección postal completa.
c. Teléfono de contacto.
d. Correo electrónico.
e. Fotocopia DNI.
f. Breve currículum.
La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra.
8. Las obras deberán enviarse a:
Distrito de Tetuán. Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas.
C/ Simancas, 6.
28029 Madrid.
9. Se establecen los siguientes premios:
a. Poesía:
i. Premio Poesía “Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de 1.500 € y Diploma.
ii. Accésit Poesía, con una dotación económica de 400 € y Diploma, a la mejor obra de autor residente en el distrito de Tetuán.
b. Relato Corto:
i. Premio Relato Corto “Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de 1.400 € y Diploma.
ii. Accésit Relato Corto, con una dotación económica de 400 € y Diploma, a la mejor obra de autor residente en el distrito de Tetuán.
c. Poesía o Relato Corto:
i. Accésit de Poesía o Relato Corto, con una dotación económica de 300 € y Diploma, a la mejor obra de autor mayor de 16 y menor de 18 años, residente en el distrito de Tetuán.
Los propuestos como premiados, serán requeridos para que aporten:
1. Declaración responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante RGS, y con el Ayuntamiento de Madrid.
2. Declaración responsable, haciendo constar, bajo su responsabilidad, que no se halla
incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
3. Declaración responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad, que la entidad no tiene pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que el propuesto como premiado, haya sido beneficiario de subvenciones de convocatorias anteriores.
10. Publicación de las obras premiadas y de las posibles menciones especiales del Jurado.
Será de aplicación a los premios en metálico, la legislación vigente en materia de impuesto sobre la renta de las personas físicas, a los efectos de aplicar los descuentos correspondientes.
Para el cobro de los premios en metálico los participantes de la presente edición, deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social, encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid y hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Asimismo, deberán acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y al Ayuntamiento de Madrid, mediante certificado de Hacienda, Seguridad Social y Ayuntamiento de Madrid.
No obstante, los participantes autorizan al personal responsable de la Junta de Distrito de Tetuán, la realización de oficio de cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución. (Consulta de oficio de las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid).
11. Los premios no podrán quedar desiertos.
12. Los premiados y mencionados ceden los derechos de explotación, reproducción, distribución y comunicación pública, de su obra a concurso al Ayuntamiento de Madrid, en las siguientes condiciones:
a. Premiados:
Publicación no venal.
Duración de 5 años. Se extenderá a 15 años tan sólo en el caso de que se realice una antología de obras premiadas en el Certamen.
Idioma castellano.
Cesión en exclusiva.
b. Mencionados:
Publicación no venal.
Duración de 1 año.
Idioma castellano.
La cesión no implica exclusividad.
Se solicita la cesión del derecho de comunicación pública, tan sólo con el objetivo de promocionar el Certamen y la difusión de las obras ganadoras y mencionadas.
13. Las obras no premiadas serán destruidas, no contemplándose la devolución de las mismas.
14. El jurado estará compuesto por la Concejala-Presidenta del Distrito de Tetuán o persona en quien delegue, en calidad de Presidenta y los siguientes vocales: un miembro designado por cada uno de los grupos políticos con representación en la Junta Municipal, una persona relevante en el ámbito literario y vinculados al mundo de la cultura y tres personas designadas por la Concejala-Presidenta del Distrito. Actuará como secretario, el Jefe de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas o funcionario en quien delegue. El fallo del jurado será inapelable.
15. El fallo del Jurado, que será inapelable, tendrá lugar en la primera quincena del mes de junio de 2016. El fallo se comunicará a los premiados y será publicado en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).
16. El acto de entrega de premios se celebrará en noviembre de 2016. Será obligatorio que los premiados acudan al acto de entrega de premios que se organizará a tal fin, en la fecha que indique la organización del Certamen. La no asistencia, sin justificar, al acto de entrega de premios supondrá la renuncia al mismo.
17. El jurado es el responsable de la interpretación de las presentes bases, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas.
18. Asimismo, el Distrito de Tetuán se reserva el derecho de hacer las modificaciones o tomar las iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que contribuyan al mayor éxito del Certamen.
19. La participación en el Certamen implica la total aceptación de las bases de esta convocatoria.
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